domingo, 1 de noviembre de 2015

Tema 3: Documentos Institucionales para la gestión educativa y de régimen económico-administrativo del centro

Los objetivos de estos temas son:

  • Participar en la definición del proyecto educativo y en la actividad general del centro ateniendo a criterios de gestión de calidad.
  • Conocer modelos de gestión de calidad y su aplicación a los centros para promover la calidad de los contextos educativos y garantizar el bienestar de los alumnos.
  • Analizar la gestión de los centros y su capacidad de innovación a través de los documentos institucionales.
  • Conocer y aplicar experiencias innovadoras en educación primaria.


El proyecto educativo de centro

El PEC tiene que cumplir las siguientes características:

  • El PEC tiene que ser una escueta especificación de las señas de identidad del centro.
  • El PEC es un conjunto de objetivos educativos y unas estrategias para conseguirlos.
  • El PEC es un instrumento para la convergencia educativa del centro.
  • El PEC busca un modelo educativo ideal.
  • El PEC es una invitación a la innovación para los profesionales y padres.
Como podemos ver en el siguiente PEC de un centro de Torrevieja, describe muy bien cuales son sus características y sus señas de identidad: 








Los contenidos que tiene que recoger son los siguientes:

Punto de partida: las necesidades específicas del alumnado y del contexto
escolar, socioeconómico, cultural y sociolingüístico del centro.
  • Valores, objetivos y prioridades de actuación.
  • Concreción de los currículums y la transversalidad.
  • Plan de Acción Tutorial (PAT)
  • El Plan de Normalització lingüística.
  • El Plan para el fomento de la lectura.
  • El Plan de transición de la E.Pr. a la ESO.
  • El Reglamento de Régimen interno (RRI).
  • El diseño particular de los programas lingüísticos que aplique el centro.
  • Las medidas de atención a la diversidad.
  • Las mejoras adoptadas a consecuencia de los resultados de la evaluación diagnóstica del curso anterior.
  • El proyecto del comedor escolar.
  • Las acciones de formación del profesorado.
  • Los criterios para:
        ----la organización y funcionamiento del centro.
        ----la participación de los diversos estamentos de la comunidad educativa.
        ----la coordinación con los servicios del municipio.
       ----las medidas de coordinación entre el 2º ciclo de EI y Primaria. 
       ----las medidas organizativas para la atención del alumnado que no cursa Religión en EI.
       ----los mecanismos de cooperación entre los representantes legales del alumnado y el centro.

 La publicación e información del PEC se llevará a cabo por el director/a del centro, quien también lo aprobará y lo elaborará junto al resto del equipo directivo, con las directrices del Consejo Escolar, del Claustro de profesores y la AMPA.

Finalmente, los principios que debe seguir son:
  • No discriminación: Igualdad.
  • Inclusión educativa.
  • Acceso a la Comunidad Educativa.
  • Orientación por parte de la Administración Educativa.
  • Coordinación Primaria-IES.
  • Modelos de Programación.




El proyecto de gestión

  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 1. Los centros estarán dotados de los recursos necesarios para impartir una docencia de calidad e igualdad.
  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 2. Las administraciones podrán dotar de mayor recursos a los centros según necesidades.
  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 3. Los centros públicos podrán obtener recursos extra con la aprobación del consejo escolar y dentro de los límites de la ley.
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 1. Los centros regidos por esta ley tienen autonomía para su gestión económica.
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 2. Las administraciones podrán delegar en los órganos del centro, la adquisición de bienes, contratación de obras.
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 3. Los centros podrán establecer requisitos de titulación y capacitación profesional para los puestos a desarrollar.

En las siguientes imágenes podemos observar las diferencias que hay entre la LOE y la LOMCE en cuanto al proyecto de gestión:


Fuente: http://archivos.ampasantaagueda.org/DOCUMENTOS/LOMCE_comparando_articulos.pdf

Proyecto curricular

Los proyectos curriculares concretarán y completarán el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado.

Contiene lo siguiente:

  • La adecuación de los objetivos generales de la Educación Infantil y Primaria al contexto escolar.
  • Organización y adecuación a los ciclos de los contenidos y grado de desarrollo de las capacidades expresadas en los objetivos generales de la etapa y de las áreas o ámbitos de experiencias.
  • La distribución secuencial de los contenidos por ciclos en la Educación Primaria.
  • Criterios metodológicos de carácter general y de organización espacio- temporal.
  • Criterios y estrategias de evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y, en Educación Primaria, criterios de promoción de ciclo.
  • Decisiones relativas al tratamiento de la diversidad, en el marco del currículum ordinario.
  • La organización de la orientación educativa y el plan de acción tutorial.
  • Criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares significativas para el alumnado con NEE.
  • Orientaciones generales para el tratamiento de temas referentes a la educación moral y cívica.
  • Criterios para la selección de los materiales curriculares y de los recursos didácticos que se utilizarán.
  • Criterios para evaluar y, en su caso, revisar los procesos de enseñanza, la práctica docente y el trabajo del equipo educativo.
  • Cauces para establecer la coordinación e información periódica con las familias.
Los proyectos curriculares serán coordinados por la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro y aprobados y evaluados por el Claustro de profesores.

El siguiente artículo, de la revista digital "Aula", habla sobre la evaluación del Proyecto Curricular de Centro, ya que este una vez elaborado tiene que ser revisado y actualizado cada cierto tiempo.

Fuente: http://www.grao.com/revistas/aula/006-la-resolucion-de-problemas-en-matematicas--la-evaluacion-del-centro/un-diseno-para-la-evaluacion-del-proyecto-curricular


Reglamento de Régimen Interno

  • Artículo 124. Punto 1. Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento del plan de convivencia.
  • Artículo 124. Punto 2. Las Administraciones educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.
El RRI es un conjunto de objetivos, principios, derechos, responsabilidades y normas por la que se regula a convivencia en el centro.

Sus contenidos son los siguientes:
  • La organización para la participación de todos.
  • La organización y reparto de responsabilidades.
  • Los procedimientos de actuación del consejo escolar y de las comisiones que se creen.
  • La organización de los espacios del centro.
  • Se dispondrán en el centro tablones de anuncios al respecto.
En la elaboración del RRI el claustro podrá aportar criterios y propuestas, al igual que el AMPA podrá aportar propuestas de modificación. Finalmente, será aprobado por el director/a del centro.

Como curiosidad del RRI, hay una noticia en el periódico "La voz de Galicia" sobre un colegio que castigó a unos niños sin segundo plato por haberse comportado mal durante la comida. Esta noticia fue muy polémica, debido a que esta norma estaba recogida en el RRI del centro. Pero, tras las quejas de diferentes padres esta regla fue modificada.


La Programación General Anual

Los centros elaborarán al principio al principio de cada curso una PGA que reunirá todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro incluyendo proyectos, currículum y normas de actuación.
La PGA facilitará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de los distintos órganos de gobiernos del centro y de coordinación y participación.

Sus contenidos son los siguientes:

  • El Plan de convivencia y las medidas de mejora para el curso.
  • Los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.
  • El PEC y sus modificaciones.
  • Los mecanismos de evaluación de las medidas de mejora adoptadas.
  • El programa anual de actividades extraescolares.
  • La situación del proceso de aplicación del diseño particular de los programas lingüísticos del centro.
  • El calendario de reuniones de los órganos colegiados del centro.
  • El calendario de evaluación y entrega de la información.
  • Los aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas con los padres.
  • Una memoria administrativa con documentos de organización.
  • El programa anual de formación permanente del profesorado.
  • El programa anual de comedor escolar.
La coordinación de la elaboración del PGA es del Equipo Directivo de acuerdo con las directrices del Consejo Escolar, las propuestas del Claustro y del AMPA. Finalmente, es aprobado por el Director/a del centro.

A continuación, podemos ver algunos de los contenidos de la PGA del colegio Virgen De Begoña:





El Régimen Económico de Centro

Con la Orden 18 de Mayo de 1995 se les otorga a los directores de lo centros facultades ordinarias en materias de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de los centros.

Debe seguir lo siguiente:

  • Buena organización y funcionamiento de los Centros.
  • Transparencia en el gasto.
  • Autonomía en la gestión económica y financiera.
  • Aprobación de las normas reguladoras de la gestión Económica de los centros no universitarios.
  • Delegación del Conseller en los directores de los centros de las facultades ordinarias de gestión económica.
  • Los fondos se librarán a los centros cuatrimestralmente.
  • El director del Centro junto con el secretario/administrador elaborará el proyecto de presupuestos del Centro.
  • Se presentará a la Comisión Económica para su valoración.
  • Ingresos: Fondos ordinarios (libranzas cuatrimestrales), aportaciones de otras “Conselleries“,procedentes de legados y donaciones,venta de bienes y prestación de servicio,el saldo del ejercicio anterior.
  • El Consejo Escolar aprobará el Presupuesto en el primer trimestre del ejercicio económico.
  • El secretario o el director enviarán una copia a la Dirección Territorial.
  • La dirección Territorial emitirá un informe de corrección en caso de que detecte alguna irregularidad o error. Si no existe el informe desaprobatorio, se entenderá definitivamente aprobado.
  • El director del centro presentará en el mes de enero al Consejo Escolar el balance de gastos mediante los modelos: Cuenta de ingresos y gastos de recursos procedentes de la Consellería de Educación. Cuenta de ingresos y gastos de recursos de otras procedencias diferentes a la Consellería de Educación. Cuenta de Tesorería resumen de las dos anteriores.
  • Aprobadas junto al Presupuesto las cuentas anteriores, se remitirá una copia antes del 15 de
    febrero a la DT para que puedan ser intervenidas por la Intervención Delegada de Hacienda
    de la Conselleria de Educación. 
  • Una copia permanecerá custodiada por el secretario del centro junto a las acreditaciones de ingresos y justificantes de gastos.
  • Una vez al trimestre el director del Centro informará a la Comunidad Educativa mediante el Consejo Escolar sobre el estado de cuentas del Centro.
  • Los centros dispondrán de una sola cuenta corriente.
  • Las órdenes de pago contra la cuenta del Centro llevarán firma del director del centro y del secretario y en defecto de ello de un profesor que pertenezca a la Comisión Económica.





 



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